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El Juzgado de lo Contencioso-Admistrativo número 17 de Barcelona, ha dictado Sentencia tramitada por los Servicios Jurídicos de ‘El Defensor del Paciente’, por la deficiente asistencia prestada a Doña N. A. G., en el proceso desarrollado en los Hospital de C., y condenando a pagar una indemnización de 200.000 euros con carácter solidario al Servei Català de la Salut (CatSalut), la Corporació de Salut del M. y a la Aseguradora Zurich.

La Sentencia recoge el relato de la demanda en el sentido de que el diagnóstico, que se realizó a la señora Doña N. A. G. en el año 2004, y a raíz de una intervención quirúrgica en la que se extirpó el útero y los ovarios por la existencia de un tumor, fue erróneo reflejando como benigno (borderline) lo que era un adenocarcinoma de ovario. Así en el año 2010 se tuvo que intervenir de nuevo para extraer una masa tumoral muy amplia (13 por 10 centímetros) con diagnóstico de adenocarcinoma infiltrante metastásico de origen ginecológico.

El posterior tratamiento con quimioterapia no evitó el fallecimiento de la paciente, en Octubre de 2010, debido a la metástasis habida en el proceso ocurrido desde el año 2004.

La sentencia estima la falta de medios a disposición de la paciente, el craso error en la calificación del tumor cometido en el año 2004, y la falta de consentimiento informado.

En cuanto a la indemnización, se establece en la sentencia la cantidad de 160.000 Euros para el esposo y 20.000 Euros para cada uno de los hijos del matrimonio, más los intereses desde la fecha de interposición de la reclamación previa de 3 de Mayo de 2011.

Interesante es reseñar que la Sentencia condena también a pagar las costas del procedimiento en la cantidad de 21.000 Euros a los demandados, al considerar que la indemnización debe ser íntegra, así como a la devolución de la tasa pagada.

La defensa del caso ha sido tramitada por los Servicios Jurídicos de ‘El Defensor del Paciente’ en Catalunya.

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